El ciclo de las ayudas está terminando
Los programas de rehabilitación financiados con fondos Next Generation EU llevan en marcha desde finales de 2021. La normativa estatal de referencia es el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que articula cinco programas dirigidos a barrios, edificios, viviendas individuales, oficinas de rehabilitación, libro del edificio y proyectos técnicos. La gestión de las convocatorias la asumen las comunidades autónomas. En Navarra la entidad gestora es Nasuvinsa, la sociedad pública de suelo y vivienda.
El presupuesto global asignado a estos programas para España supera los 6.800 millones de euros. El objetivo declarado es alcanzar las 510.000 actuaciones de rehabilitación entre 2021 y 2026. Las convocatorias autonómicas se mantienen abiertas mientras quede dotación, con plazos que llegan hasta el final de 2026 y, en algunos casos, hasta el primer semestre de 2027.
Quien está pensando en mejorar la envolvente térmica de su vivienda, cambiar la caldera, sustituir las ventanas o intervenir sobre la fachada del edificio entero, tiene ahora una ventana de subvención que no se va a repetir en los próximos años. Este artículo recoge lo que conviene saber para no llegar tarde y para no equivocarse de programa.
Los cinco programas: cuál te interesa
Programa 1 · Rehabilitación a nivel de barrio. Actuaciones integrales sobre un ámbito urbano completo, con mejora de espacios públicos e infraestructuras además de edificios. Lo solicitan administraciones locales y agentes promotores, no propietarios individuales. Si tu comunidad de vecinos forma parte de un Entorno Residencial de Rehabilitación Programada declarado por el Gobierno de Navarra, las cuantías pueden ser muy superiores. Conviene preguntar en el ayuntamiento.
Programa 2 · Oficinas de rehabilitación. Subvenciona la creación de oficinas técnicas de apoyo. No es para propietarios. En Navarra existen ya varias oficinas activas como las de ORVE y los equipos comarcales del proyecto ELENA-Primavera de Nasuvinsa.
Programa 3 · Rehabilitación a nivel de edificio. Es el programa más interesante para comunidades de propietarios. Subvenciona actuaciones en el edificio completo (fachada, cubierta, ventanas, instalaciones comunes) siempre que se acredite una mejora del consumo de energía primaria no renovable de al menos el 30%. Las cuantías son escalonadas según el ahorro alcanzado: 6.300 € por vivienda con ahorro del 30%, 11.600 € con ahorro del 45%, 18.800 € con ahorro del 60%. Para hogares en situación de vulnerabilidad económica, el porcentaje subvencionable puede llegar al 100%.
Programa 4 · Rehabilitación de vivienda individual. El más accesible. No requiere acuerdo de comunidad. Para actuaciones que mejoren la eficiencia energética de la vivienda individual con un ahorro mínimo del 7% en demanda de calefacción o refrigeración, o del 30% en energía primaria. Cuantía máxima: 3.000 € por vivienda, hasta el 40% del coste subvencionable. Cubre cambio de ventanas, calderas de alta eficiencia, aerotermia, suelo radiante, aislamiento por el interior, y similares.
Programa 5 · Libro del Edificio Existente y proyectos. Ayudas para documentos técnicos: redacción del Libro del Edificio Existente (hasta 3.500 € + 70 €/vivienda) y elaboración de proyectos de rehabilitación. Se pueden solicitar previamente al programa 3 para cubrir los costes de redacción del proyecto técnico necesario.
Programa 3 vs Programa 4: cuándo cada uno
La pregunta más frecuente. Tres escenarios típicos.
Vives en un piso y quieres cambiar tus ventanas y mejorar tu aislamiento solo en tu vivienda. Programa 4. No necesitas a tu comunidad. Solicitud individual. Te pueden llegar hasta 3.000 € si acreditas el ahorro mínimo y el coste de la actuación. Plazo razonable de obra: dos a cuatro semanas. Tramitación: dos o tres meses si la documentación va completa.
Vivís en un bloque y queréis rehabilitar la fachada o cambiar las ventanas de todo el edificio. Programa 3. Requiere acuerdo de comunidad y proyecto técnico con simulación energética. La ayuda es muy superior (de 6.300 a 18.800 € por vivienda) pero el procedimiento dura entre nueve y dieciocho meses entre acuerdo de comunidad, redacción de proyecto, solicitud, resolución, ejecución y justificación.
Vives en una unifamiliar. Tienes acceso al Programa 3 como propietario único del edificio, sin necesidad de acuerdo de comunidad. Las cuantías por vivienda son las del programa de edificio (hasta 18.800 €), aunque al ser una sola vivienda los porcentajes de cobertura del coste se aplican distinto. Conviene cruzar el número con el proyecto.
Una advertencia importante. No se pueden cobrar simultáneamente el Programa 3 y el Programa 4 sobre la misma vivienda. Si tu comunidad va a acometer una obra del Programa 3, no tiene sentido que solicites el 4 antes. Espera, va dentro.
Qué ahorro energético hay que demostrar
El ahorro se acredita con dos certificados energéticos del edificio o vivienda: uno previo a la intervención y otro posterior. Ambos firmados por técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero según el caso). La diferencia entre los dos debe demostrar el porcentaje de mejora exigido por el programa.
En la práctica, las actuaciones que más fácil consiguen el ahorro mínimo son las que intervienen sobre la envolvente térmica: cambio de ventanas (Uw inferior a 1,8 W/m2K en zona D1 Pamplona), aislamiento por el exterior (sistema SATE) o por el interior, aislamiento de cubierta. Cambiar solo la caldera por una de condensación rara vez llega al 30% de ahorro en edificio. Combinar caldera con ventanas o con SATE sí lo alcanza casi siempre.
Un cálculo orientativo para Pamplona: una vivienda de 100 m2 útiles construida entre 1970 y 2007 (sin aislamiento por el exterior, con ventanas de aluminio sin RPT) tiene un consumo de energía primaria no renovable habitual de 180-220 kWh/m2·año. Cambiar ventanas a Uw 1,4 + aislar fachada por el interior baja el consumo a 120-140 kWh/m2·año, que es una mejora del 30-40%. Suficiente para el ahorro del Programa 3 con la cuantía base.
La deducción del IRPF, complementaria
Mucha gente conoce las subvenciones pero olvida que existe una deducción fiscal adicional, regulada por el Real Decreto-ley 19/2021 y prorrogada hasta 2026. Tres modalidades:
Deducción del 20% por obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción o refrigeración. Base máxima: 5.000 € por vivienda. Aplicable a vivienda habitual o arrendada para uso de vivienda habitual.
Deducción del 40% por obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o que mejoren la calificación energética a A o B. Base máxima: 7.500 € por vivienda.
Deducción del 60% por obras de rehabilitación energética del edificio completo realizadas por la comunidad de propietarios, cuando la actuación mejore la eficiencia energética del conjunto. Base máxima acumulada en cuatro periodos impositivos: 15.000 € por vivienda.
Estas deducciones se aplican sobre el importe que el contribuyente paga de su bolsillo, una vez descontada la subvención recibida. Es decir, son compatibles con las ayudas Next Generation. La combinación de ambos instrumentos puede reducir el coste neto de una intervención de envolvente entre un 50 y un 70%.
Procedimiento en Navarra, paso a paso
El procedimiento estándar para una vivienda individual en Navarra (Programa 4) se desarrolla en estas fases.
1. Certificado energético previo. Encargo a técnico competente. Visita a la vivienda, mediciones, generación del CEE. Tiempo: una a dos semanas. Coste: 100 a 250 € según vivienda.
2. Definición y presupuesto de la actuación. Decidir qué se quiere hacer (ventanas, aislamiento, climatización), pedir presupuestos a dos o tres empresas, y elegir. Tiempo: tres a seis semanas.
3. Solicitud telemática en el portal del Gobierno de Navarra. Aporta el CEE previo, presupuesto detallado, documentación del solicitante (DNI, escritura o nota simple, último IBI). Plazo de resolución estimado: dos a tres meses. Silencio administrativo: negativo.
4. Resolución. Si es favorable, recibes notificación con el importe concedido y el plazo de ejecución. Importante: la obra no puede empezar antes de la solicitud (al menos en la mayoría de programas). Comprueba la base reguladora vigente.
5. Ejecución de la obra. Plazo habitual entre cuatro y doce semanas según la intervención. Conserva todas las facturas, certificados de instalación y partes de obra.
6. Certificado energético posterior. Mismo técnico u otro, una vez terminada la obra. Acredita la mejora alcanzada.
7. Justificación y cobro. Presentación telemática de facturas, certificado posterior y demás documentación. El abono se produce entre dos y cuatro meses después de la justificación completa.
Tiempo total de proceso entre la primera consulta y el cobro: entre seis y diez meses para Programa 4. Para Programa 3, doce a veinticuatro meses.
Errores que se pagan caro
Empezar la obra antes de tener la resolución. En la mayoría de programas, las actuaciones realizadas antes de la fecha de solicitud no son subvencionables. Excepciones: en algunas comunidades sí se admiten obras iniciadas desde el 1 de febrero de 2020. En Navarra conviene comprobar la base reguladora vigente antes de mover un solo material.
Subestimar la documentación. El CEE previo y el posterior firmados por técnico competente son obligatorios. Si vas a una comunidad de Programa 3, te pedirán también proyecto técnico, memoria técnica, dirección de obra, libro del edificio existente. No es un certificado de empresa: es un proyecto de arquitectura.
Confundir ahorro de demanda con ahorro de energía primaria. No son lo mismo. El Programa 4 admite ahorro de demanda del 7% (más fácil de demostrar). El Programa 3 exige ahorro de energía primaria del 30%, que es más exigente. Asegúrate de qué se mide en tu solicitud.
Pensar que las ayudas cubren todo. Cubren hasta el 40% del coste subvencionable. El otro 60% lo paga la comunidad o el propietario. La deducción IRPF reduce algo más el coste neto, pero hay que tener liquidez para acometer la obra y recibir el cobro tras la justificación.
Llegar al final del ciclo sin haber iniciado. Si las convocatorias actuales se cierran a finales de 2026 o primer trimestre de 2027, quien empieza ahora todavía llega. Quien quiera empezar el otoño de 2026, depende mucho de cómo se vayan agotando los fondos por convocatoria.
Una observación desde el oficio
La parte fácil de las ayudas Next Generation es leer el folleto. La parte difícil es ejecutarlas bien. He visto comunidades de propietarios entrar al Programa 3 sin haber leído el proyecto técnico y descubrir, ya con la obra empezada, que la simulación energética no alcanzaba el 30% por un error de transmitancia en una partición interior. He visto a particulares pedir la ayuda con un presupuesto cerrado y luego no poder cobrarla porque la empresa que ejecutó no cumplía requisitos.
Un rehabilitación energética bien hecha mejora el confort de la vivienda, baja la factura, sube la calificación del CEE y se traduce en mayor valor de venta. Una rehabilitación mal planteada gasta dinero sin alcanzar los porcentajes y deja al propietario sin la subvención que esperaba. La diferencia entre las dos está en el proyecto técnico previo. Si conviene gastar bien los 6.000-18.000 € de subvención posible, conviene gastar primero los 1.000-2.000 € de un técnico que mire la envolvente con cabeza y proponga la intervención correcta.
Si quieres consultar tu caso concreto (vivienda individual o edificio completo) y tener un cálculo previo del ahorro energético alcanzable y de la subvención esperable, podemos hablar. Para más contexto técnico sobre cómo leer una vivienda antes de intervenirla, el artículo sobre signos de buen aislamiento aporta criterio inicial. Y para entender el marco del Informe de Evaluación del Edificio, indispensable en muchas intervenciones de Programa 3, está el IEE en Navarra.

Fuentes consultadas
· Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
· Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria. Disposición adicional cincuenta de la Ley del IRPF: deducciones del 20%, 40% y 60% por obras de mejora de eficiencia energética. Prórroga vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
· Resolución 140/2022, de 4 de marzo, del Director General de Vivienda del Gobierno de Navarra, sobre bases reguladoras de la concesión de subvenciones del Programa 3.
· Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, programa de ayudas para la rehabilitación integral de edificios residenciales y viviendas.
· Nasuvinsa (Navarra de Suelo y Vivienda), área de rehabilitación. Información sobre convocatorias activas y proyecto ELENA-Primavera.
· Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona, ficha de tramitación de subvenciones a la rehabilitación (Decreto Foral 61/2013).
· Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Ahorro de Energía DB-HE, en su versión vigente tras el Real Decreto 732/2019.

